Jenaro Gajardo Vera, abogado, poeta, es dueño, desde antes del año 1857, uniendo su posesión a la de sus antecesores, del astro, satélite único de la Tierra, de un diámetro de 3.475.00 kilómetros, denominada Luna, y cuyos deslindes por ser esferoidal son: Norte, Sur, Oriente y Poniente, espacio sideral. Fija su domicilio en calle 1 oriente 1270 y su estado civil es soltero.      Jenaro Gajardo Vera Carné 1.487.45-K Ñuñoa Talca, 25 de Septiembre de 1954.¿La Luna tiene dueños? Bueno, ha tenido, tiene y seguramente tenga más en un futuro. Ya sea en su totalidad o en parcelas.

Pero… ¿dueños sujetos a derecho? Bueno, sí y no. Me explico.

En 1953 el abogado chileno Jenaro Gajardo Vera registró a su nombre la propiedad de la Luna. Para ello utilizó la fórmula legal de declarase como su propietario con antelación a 1857, que era lo que se hacía en la época en Chile para sanear terrenos sin título de dominio.

Con anterioridad al registro de la escritura en el Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Talca el 25 de septiembre de 1954, efectuó las tres publicaciones de rigor en el Diario Oficial y como no hubo ninguna reclamación ni nadie ejerció ningún derecho sobre el satélite, su propedad se hizo efectiva.

Todo ello con un coste de 42.000 pesos de la época.

En 1967 se firmó un tratado en la ONU prohibiendo a los Estados y gobiernos la compraventa de objetos exteriores a la Tierra, pues solamente reconocía la propiedad privada hasta 80 km de altura. Pero en 1980 el estadounidense Dennis Hope formaliza de nuevo en una oficina del Registro de San Francisco la compra de la luna, dedicándose desde entonces a vender parcelas en suelo lunar aprovechando un vacío legal, pues nada se dijo de empresas inmobiliarias.

Actualmente unos 5 millones de personas han comprado su parcela a una de las tres empresas vendedoras. La más antigua, Lunar Embassy, lleva más de 25 años adjudicando terrenos lunares, contando actualmente con 1.640.000 m2 de los 38.000.0000 km2 que forman a la Luna. Las otras dos son: Lunar Registry y Moon Estates.

La compra, claro está, no deja de ser una curiosidad o extravagancia, pues los vacíos legales más pronto o más tarde se rellenan y cabe la posibilidad de que las propiedades se invaliden.

 

 

Nota sabionda: El motivo de Jenaro Gajardo para registrar la propiedad de la Luna fue su deseo de ingresar en el Club Talca, que reunía a lo más selecto de la sociedad local. Para el ingreso, además de contar con una profesión o posición social acorde, se debía ser propietario de algún bien raíz. Camino de casa y ante la imagen de la luna llena que ascendía por el horizonte, se le ocurrió un plan: reclamar la Luna como propia.

Nota sabionda: Se dice —aunque es difícil saber si realmente ocurrió o se trata de unas leyendas urbanas— que el presidente Richard Nixon se vio obligado a pedir permiso al propietario de la Luna para el alunizaje del Apollo XI en 1969. También se dice que Impuestos Internos envió a unos inspectores con el propósito de cobrar las contribuciones. Don Jenaro no puso ninguna objeción a reconocer su deuda siempre que los inspectores visitasen y tasasen la propiedad según mandaba la ley.

Entrada elaborada a partir de la información ofrecida aquí, aquí, aquí, aquí y otros sitios más.

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DNI ficticioQuizá te hayas preguntado alguna vez… ¿de dónde sale la letra que, junto con el número de DNI, conforma el NIF o número de identificación fiscal?

La letra es un código de control que verifica que no nos hemos equivocado en ningún número. De ocurrir así nos referiríamos a una persona en lugar de a otra, con las complicaciones que se podrían derivar de un error así.

Cuando una cadena de números no admite errores se añade algún número o letra más que sirve para comprobar si la cadena es correcta. Este último valor se calcula usando los números de la cadena, de manera que, si alguno es diferente, el código resultante también lo es.

Para calcular la letra del Documento Nacional de Identidas (DNI) se utiliza el algoritmo conocido como número 23. Consiste en dividir el número del DNI entre 23. El resto de la división, que estará comprendido entre el 0 y el 22, será el que indique la letra a elegir, según la siguiente tabla:

0-T, 1-R, 2-W, 3-A, 4-G, 5-M, 6-Y, 7-F, 8-P, 9-D, 10-X, 11-B, 12-N, 13-J, 14-Z, 15-S, 16-Q, 17-V, 18-H, 19-L, 20-C, 21-K, 22-E.

Este mismo algoritmo también puede utilizarse para el calculo del Número de Identificación de Extranjeros (NIE), despreciando la X y utilizando los 7 dígitos.

 

 

Nota sabionda: El algoritmo no se aplica para obtener el Código de Identificación Fiscal (CIF), que es el NIF propio de las personas jurídicas, pues la letra que tiene no se basa en una fórmula, sino que identifica el tipo de entidad.

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